Su empresa está en Colombia. Usted no tiene por qué estarlo
Constituir una sociedad, cobrarle a un cliente moroso o reorganizar una empresa en dificultades no exige que usted esté en el país. Un poder otorgado ante el consulado basta para que llevemos el asunto completo desde Bogotá.
Lo que suele pasar
La historia se repite con pocas variaciones. Alguien sale del país con deudas pendientes, con la idea de ponerse al día desde afuera. Los primeros meses envía algo. Después la vida en el nuevo país se lleva el dinero: arriendo, papeles, la familia que quedó allá.
Las llamadas de cobranza pasan a los familiares. Un hermano cuenta que llegó una notificación. Y un día aparece que la cuenta de ahorros en Colombia está embargada, o que el apartamento que se compró con tanto esfuerzo tiene una medida inscrita.
Desde la distancia todo se ve más grande y más difícil de resolver. Pero la insolvencia de persona natural existe justamente para esto, y no exige que usted esté físicamente en Colombia.
Por qué ahora sí se puede hacer a distancia
Durante años el obstáculo real era práctico: había que estar presente en las audiencias. La Ley 2445 de 2025 habilitó las audiencias virtuales, y eso cambió por completo el panorama para quienes viven fuera.
Usted firma un poder donde esté
Ante el consulado de Colombia en su ciudad, que es la vía más común, o ante notario local con apostilla si su país hace parte del Convenio de La Haya. Le enviamos el texto ya redactado: solo tiene que llevarlo y firmarlo.
Nosotros armamos el caso en Colombia
Reunimos la información de sus acreedores, verificamos qué procesos hay en curso y qué medidas están inscritas, y preparamos el inventario y la propuesta de pago. Aquí es donde tener centro de conciliación propio ahorra semanas de coordinación.
Las audiencias son virtuales
Se coordinan en un horario compatible con su huso horario. No necesita pedir permiso en el trabajo durante días ni comprar un tiquete para asistir a una audiencia de una hora.
Un solo interlocutor, en su idioma y su horario
Le escribimos por WhatsApp y le contamos qué pasó en cada etapa. No tiene que perseguir a nadie ni pedirle a un familiar en Colombia que vaya a averiguar.
Sobre la diferencia horaria. Atendemos en horario de Colombia, pero coordinamos las conversaciones con quienes están en Europa o en Asia según lo que les sirva. Escríbanos y le proponemos una hora que le funcione.
Qué se logra con el procedimiento
- Se suspenden los procesos ejecutivos que estén en curso en su contra, incluidos los que avanzaron sin que usted se enterara.
- Se pueden levantar los embargos sobre cuentas, inmuebles y vehículos que tenga en Colombia.
- Se negocia un acuerdo único con todos los acreedores a la vez, con cuotas ajustadas a lo que usted realmente puede pagar desde el exterior.
- Se cierra el capítulo. Cumplido el acuerdo, deja de tener procesos abiertos esperándolo cada vez que piensa en volver.
Si lo que le pesa son deudas personales, y no de la empresa, el procedimiento que le corresponde es el de insolvencia de persona natural, que explicamos en procesoinsolvencia.com.
Si es la empresa la que no da, el régimen que aplica es otro: el de la insolvencia empresarial. Y si lo que necesita es cobrarle a alguien que se quedó allá, lo vemos en cobro de cartera.
Vivir fuera no detiene los procesos en Colombia. Cuéntenos qué tiene abierto allá.
Escribir por WhatsAppPreguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan desde afuera
¿Me pueden embargar el sueldo en el país donde vivo?
Un proceso ejecutivo colombiano recae sobre bienes situados en Colombia. Ejecutar una decisión judicial colombiana sobre ingresos o bienes en otro país requeriría trámites de reconocimiento en ese Estado, que son excepcionales y costosos. Dicho eso, lo que sí ocurre con frecuencia es que el reporte negativo y los procesos abiertos le compliquen cualquier gestión financiera en Colombia.
Llevo años fuera, ¿las deudas no prescribieron ya?
Depende del tipo de obligación y, sobre todo, de si hubo actuaciones que interrumpieran la prescripción, como la presentación de una demanda o abonos parciales. Es de las primeras cosas que revisamos, porque a veces la respuesta favorece mucho al deudor. Pero no conviene asumirlo sin verificarlo: hay quien deja pasar años confiado y descubre que el proceso estuvo activo todo el tiempo.
¿Puedo hacer el trámite si tengo doble nacionalidad?
Sí. Lo determinante para el procedimiento no es la nacionalidad sino el domicilio y la ubicación de las obligaciones y los bienes. Tener otro pasaporte no cambia la situación de las deudas contraídas en Colombia.
¿Cómo les pago si no tengo cuenta en Colombia?
Es una situación habitual y hay varias formas de resolverlo, incluidas transferencias internacionales y pagos hechos por un familiar en Colombia. Lo conversamos al definir el alcance del servicio, antes de que usted se comprometa a nada.
¿Tengo que contarle a mi familia en Colombia?
No. El trámite lo maneja usted directamente con nosotros. Muchos de nuestros clientes en el exterior prefieren resolverlo sin involucrar a nadie más, y esa decisión se respeta por completo.
Otras áreas
También trabajamos estos frentes
Quién responde por esta área
Dr. Felipe Rodríguez
Abogado — Director Jurídico · Facultad Universitaria de Colombia, especialización en Derecho Comercial
Especializado en Derecho Comercial. Lleva más de cinco años dedicado también a la insolvencia de persona natural no comerciante.
Ver perfil completoCuéntenos desde dónde escribe y qué le preocupa
No hace falta que tenga los papeles a la mano ni que sepa exactamente cuánto debe. Con una idea general de la situación podemos decirle si el procedimiento le sirve y qué implicaría en su caso.
Esta página tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Los efectos de un proceso dependen de su situación concreta y de los bienes que tenga en Colombia.